20 ago 2010

Otras noblezas también auténticas



A partir de finales de la Edad Media, al lado de la primera nobleza hereditaria –guerrera, señorial, rural–, se fueron constituyendo con el tiempo otras noblezas también auténticas. Ejemplos no faltan en los diversos países de la Cristiandad.

ESPAÑA

Así pues, en España, la investidura de determinados cargos civiles, militares o de cultura, e incluso el ejercicio de ciertas formas de comercio e industria particularmente útiles para el Estado confería ipso facto la Nobleza a título personal y vitalicio, o bien a título también hereditario.

En razón del cargo desempeñado podían acceder a la nobleza

«los Altos servidores de la Casa Real; las Amas y nodrizas de los Infantes reales; los Alcaldes de Casa y Corte: Presidentes, Consejeros y Oidores de las Reales Chancillerías...» [1].

Con respecto a la nobleza conferida por el ejercicio de cargos militares, cabe señalar, a título de ejemplo, las siguientes frases de D. Vicente de Cadenas y Vicent:

[S.M.C.] «Felipe IV dice, en la Real Cédula de 20 de agosto de 1637, que el Oficial que sirva en guerra viva un año, goce de la nobleza de privilegio, y aquel que lo hiciere durante cuatro, pase dicha nobleza a sus herederos. [...] La Nobleza personal está reconocida a todos los Oficiales del Ejército por Real Orden de 16 de abril de 1799» [2].

A su vez, las Siete Partidas de S.M. Alfonso X el Sabio (1252-1284), entre otros privilegios concedidos a las personas que se dedicaban a los menesteres de la cultura, conferían el título de Conde a los Maestros de Jurisprudencia que ejercían el cargo durante más de 20 años [3].

D. Vicente de Cadenas y Vicent resume estos criterios de ennoblecimiento en su importante obra Apuntes de Nobiliaria y Nociones de Genealogía y Heráldica, al decir:

«El sacerdocio, el desempeño de oficios honrosos, la milicia, las letras, la concesión de un Título, el matrimonio, el nacer en ciertos casos de madre hidalga, o en determinados territorios, el haber prestado grandes servicios a la humanidad, a la Patria o al Soberano, el haber sacrificado su persona o bienes por grandes ideales, etc., han sido siempre, y hoy deben serlo, causas justas para adquirir Nobleza, ya que la tendencia universal es ampliar la base del Estado Noble, el más culto y sufrido de los que forman la nación, para aprovechar sus virtudes, en beneficio de la comunidad» [4].

PORTUGAL

En Portugal, la condición de intelectual abría las puertas para la categoría de noble. Lo era a título personal y vitalicio, aunque no hereditario, todo aquel que se licenciaba en Teología, Filosofía, Derecho, Medicina o Matemáticas en la famosa Universidad de Coimbra; pero si, de padre a hijo, tres generaciones se diplomaban en Coimbra en estas materias, pasaban a ser nobles por vía hereditaria todos sus descendientes aunque éstos, por su parte, no cursasen estudios en la referida Universidad [5].

FRANCIA

En Francia, además de la nobleza togada –noblesse de robe–, que se reclutaba entre la magistratura, era de destacar la pequeña nobleza de campanario o, más correctamente, noblesse de cloche, esto es, de campana. Este nombre se refiere a la utilizada por el municipio para convocar a los vecinos. La noblesse de cloche estaba habitualmente formada por familias de quienes se habían destacado al servicio del Bien común en las colectividades humanas de tamaño menor.

De hecho, la adquisición de nobleza podía darse por el ejercicio de otros cargos y funciones, tales como: cargos militares, comensal del soberano (altos cargos de la Corte, secretarios y notarios del Rey), cargos de finanzas, cargos universitarios, etc.

Está muy difundida en Francia la convicción de que resulta muy difícil elaborar una relación completa de cargos y funciones ennoblecedoras en la época del Antiguo Régimen. Philippe du Puy de Clinchamps, por ejemplo, en el libro, La Noblesse, del cual tomamos esta enumeración, llega a afirmar que «no existe, en la historia de la Nobleza, capítulo más enrevesado que el de los ennoblecimientos por el ejercicio de una función» [6]. No parece haber en esta afirmación una censura, sino únicamente una constatación, pues todo lo que es orgánico y vivo tiende hacia lo complejo, y a veces hasta hacia lo complicado; lo que diverge, y mucho, de tantos fríos y lapidarios cuadros de funcionarios elaborados por el capitalismo de Estado y de ciertos amontonamientos piramidales del macrocapitalismo privado.

NOTAS

[1] Vicenta María MÁRQUEZ DE LA PLATA y LAMÍ VALERO DE BERNABÉ, Nobiliaria Española – Origen, Evolución, Instituciones y Probanzas, Prensa y Ediciones Iberoamericanas, Madrid, 1991, p. 15. En esta obra, adoptada como manual por la Escuela de Ciencias Nobiliarias, Heráldicas y Genealógicas de Madrid, el lector encontrará una visión completa y didáctica del tema aquí tratado.

[2] Vicente de CADENAS Y VICENT, Cuadernos de Doctrina Nobiliaria, nº 1, Instituto Salazar y Castro (C.S.I.C.), Asociación de Hidalgos a Fuero de España, Ediciones Hidalguía, Madrid, 1969, p. 28. Cf. también lo regulado después de consumada la Usurpación, el 18 de mayo de 1864, en que se ordena que el dictado de Don y de Noble se dé a los hijos de Capitán y Oficiales de mayor graduación, nietos de Teniente Coronel y a los Hidalgos Notorios que sirvan en el Ejército.

[3] Cf. Bernabé MORENO DE VARGAS, Discursos de la Nobleza de España, Instituto Salazar y Castro, C.S.I.C., Ediciones Hidalguía, Madrid, 1971, pp. 28-29.

[4] Vicente de CADENAS Y VICENT, Primer Curso de la Escuela de Genealogía, Heráldica y Nobiliaria, Instituto Luis de Salazar y Castro (C.S.I.C.), Ediciones Hidalguía, Madrid, 2ª ed., 1984, p. 30.

[5] Cf. Luiz da SILVA PEREIRA OLIVEIRA, Privilegios da Nobreza e da Fidalguia de Portugal, Officina de Joao Rodrigues Neves, Lisboa, 1806, pp. 67-81.

[6] Philippe du PUY DE CLINCHAMPS, La Noblesse, Colección «Que sais je?», Presses Universitaires de France, París, 1962, pp. 20, 22.

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