17 oct 2006

Pro multis




Carta de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos a Sus Eminencias/Excelencias, Presidentes de las Conferencias Episcopales Nacionales (17 de octubre de 2006)


CONGREGATIO DE CULTU DIVINO ET DISCIPLINA SACRAMENTORUM

Prot. n. 467/05/L


Roma, 17 de octubre de 2006


Su Eminencia / Su Excelencia

En julio de 2005 esta Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, de acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe escribió a todos los presidentes de las Conferencias Episcopales para preguntar su estimable opinión sobre la traducción a varias de las lenguas vernáculas de la expresión pro multis en la fórmula de la consagración de la Preciosísima Sangre durante la celebración de la Santa Misa (ref. Prot. n. 467/05/L, del 9 de julio de 2005).

Las respuestas de las Conferencias Episcopales fueron estudiadas por dos Congregaciones y el informe presentado al Santo Padre. Por su directiva, esta Congregación ahora escribe a Su Eminencia /Su Excelencia en los siguientes términos.

1. El texto, correspondiente a las palabras pro multis, entregado por la Iglesia a lo largo del tiempo −que constituye la fórmula que ha sido de uso en el Rito Romano desde los siglos más tempranos− en los últimos 30 años o término cercano, en algunos textos aprobados en lengua vernácula ha sido traducido en el sentido interpretativo de “por todos”, “for all”, “per tutti”, o equivalentes.

2. No hay duda, en cualquier caso, sobre la validez de las Misas celebradas con el uso debidamente aprobado de la fórmula que contiene una fórmula equivalente a “por todos”, como la Congregación para la Doctrina de la Fe ha declarado ya (cf. Sacra Congregatio pro Doctrina Fidei, Declaratio de sensu tribuendo adprobationi versionum formularum sacramentalium, 25 Ianuari 1974, AAS 66 [1974], 661). Verdaderamente, la fórmula “por todos” seguramente correspondería a la intención del Señor expresada en el texto. Es dogma de fe que Cristo murió en la Cruz por todos los hombres y mujeres (cf. Juan 11,52; 2 Corintios 5,14-15; Tito 2,11; 1 Juan 2,2).

3. Hay, sin embargo, muchos argumentos en favor de una traducción más precisa de la fórmula tradicional pro multis:

a. Los Evangelios sinópticos (Mateo 26,28; Marcos 14,24) hacen una referencia específica a “muchos” (la palabra griega transliterada sería polloi) por los cuales el Señor está ofreciendo el Sacrificio, y estas palabras han sido remarcadas por algunos eruditos bíblicos relacionándolas con las palabras del profeta Isaías (53,11-12). Sería completamente posible que los Evangelios hubiesen dicho “por todos” (por ejemplo, cf. Lucas 12,41); pero, la fórmula de la narración de la institución dice “por muchos”, y estas palabras han sido fielmente traducidas por la mayoría de las versiones bíblicas modernas.

b. El Rito Romano en latín siempre ha dicho pro multis y nunca pro omnibus en la consagración del cáliz.

c. Las anáforas de los distintos ritos orientales, sea el griego, el siríaco, el armenio, el eslavo, etc. contienen fórmulas verbales equivalentes al latín pro multis en sus respectivos idiomas.

d. “Por muchos” es una traducción fiel de pro multis en tanto que “por todos” es más bien una explicación más adecuada a la catequesis.

e. La expresión “por muchos”, mientras permanece abierta a la inclusión de cada uno de los seres humanos, refleja, además el hecho de que esta salvación no es algo mecánico, sin el deseo o la participación voluntaria de cada uno; por el contrario, el creyente es invitado a aceptar por la fe el don que le es ofrecido y a recibir la vida sobrenatural que es dada a los que participan del misterio, viviéndolo en sus vidas de modo tal que sean parte del número de los “muchos” a los que se refiere el texto.

f. En concordancia con la Instrucción Liturgiam Authenticam, ha de hacerse un esfuerzo para ser más fieles a los textos latinos de las ediciones típicas.

4. A las Conferencias Episcopales de aquellos países donde la fórmula “por todos” o su equivalente está en vigencia en la actualidad se les solicita que emprendan una catequesis de los fieles sobre esta materia en el próximo año o dos para prepararlos a la introducción de una precisa traducción en lengua vernácula de la fórmula pro multis (por ejemplo, “for many”, “por muchos”, “per molti”, etc.) en la próxima traducción del Misal Romano que los Obispos y la Santa Sede hayan de aprobar para el uso en su país.

Con la expresión de mi alta estima y respeto, permanezco, Su Eminencia/Su Excelencia

Devotamente suyo en Cristo.


Francis Cardenal Arinze


Prefecto.

***

Fuente en inglés: The New Liturgical Movement

ANEXO

I. Textos de la Sagrada Escritura

1). Isaías 53,11-12


Latine: «Propter laborem animae eius videbit lucem, saturabitur in scientia sua. Iustificabit iustus servus meus multos et iniquitates eorum ipse portabit. Ideo dispertiam ei multos, et cum fortibus dividet spolia, pro eo quod tradidit in mortem animam suam et cum sceleratis reputatus est; et ipse peccatum multorum tulit et pro transgressoribus rogat».


Español: «Por las fatigas de su alma, verá luz, se saciará. Por su conocimiento justificará mi Siervo a muchos y las culpas de ellos él soportará. Por eso le daré su parte entre los grandes y con poderosos repartirá despojos, ya que indefenso se entregó a la muerte y con los rebeldes fue contado, cuando él llevó el pecado de muchos, e intercedió por los rebeldes».


2). Mateo 26,28


Latine: «Hic est enim sanguis meus novi testamenti, qui pro multis effunditur in remissionem peccatorum».


Español: «Porque ésta es mi sangre de la Alianza, que es derramada por muchos para perdón de los pecados».


3). Marcos 14,24


Latine: «Et ait illis: “Hic est sanguis meus novi testamenti, qui pro multis effunditur”».


Español: «Y les dijo: “Esta es mi sangre de la Alianza, que es derramada por muchos”».


II. Documentos de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos


1). Quinta Instrucción “para la recta Aplicación de la Constitución sobre la Sagrada Liturgia del Concilio Vaticano II” - Liturgiam authenticam (7 de mayo de 2001)





2). Comunicado de prensa sobre la Quinta Instrucción para la recta Aplicación de la Constitución sobre la Sagrada Liturgia del Concilio Vaticano II - Liturgiam authenticam (7 de mayo de 2001)





3). Suplemento del Comunicado de prensa (28 de marzo del 2001)



***


.

31 may 2006

Oración del Arma de Infantería a su Patrona la Inmaculada Concepción



La Inmaculada, Patrona de Las Españas y del Arma del Infantería, junto al Monumento a los que dieron su vida en cumplimiento de la misión en estas tierras. Qala e Naw, 31 de mayo de 2006, Afghanistán (Fotografía: Ministerio de Defensa de España)

Oración del Arma de Infantería a su Patrona la Inmaculada Concepción

Oh Virgen Inmaculada, Patrona gloriosa de España y del Arma de Infantería, te suplico que así como tú fuiste siempre inmaculada y libre de todo pecado y desde el primer instante hasta tu muerte, así nos concedas a nosotros vivir cristianamente sin mancillar nuestra Bandera con ninguna bajeza, ni nuestras almas con ningún pecado, sino vivir como cristianos. ¡Vencer y triunfar siempre, hasta morir invocando tu nombre!

¡Ave María purísima! Sin pecado concebida

***

14 feb 2006

Some mathematical Physics for Philosophers




Heller Michael
Some mathematical Physics for Philosophers

Pontifical Council for Culture and Pontifical Gregorian University, 14 febbraio 2006, Libreria Editrice Vaticana
Paperback, pp. 128
Language: English

ISBN-13: 978-88-2097-724-5

Price: EUR 18,00

Description:

The STOQ Project Research Series - 1. The volume has been developed from an introductory course on Mathematical Physics delivered at the Gregorian University, Rome 2004. It is an original and unique attempt to explain mathematical methods in physics to students of phylosophy and theology whose last contact with mathematics and physics was during their secondary education. The book does not intend to offer a full course on mathematical physics, but to give some feeling of the beauty and effectiveness of modern mathematical methods in physics based on its intuitions and convey some appreciation of the philosophical significance of the mathematical modeling of the world. Even though this book is not geared to training professionals in the field of mathematical physics, mathematical rigor is not abandoned completely. The emphasis is placed on understanding concepts rather than completing exercises or solving problems.

The course presents schematically 13 lessons and requires substantial input from the lecturer or a tutor.

Table of Contents


Foreword

Presentation by Card. Paul Poupard
Introductory Remarks by the Author

1. The World of Structure

1.1 Nature of Mathematics


1.2 Basic Ideas of Category Theory
1.3 The Role of Mathematics in Physics


Part One: Mathematics of Relativity

2. The Manifold Model of Space-Time

2.1 Topology and Continuity

2.2 Smooth Manifold
2.3 Tangent Space
2.4 Physical Interpretation

3. Metric Model of Space-Time

3.1 Riemannian Metric
3.2 Lorentz Manifold
3.3 Relativistic Model of Space-Time

4. Geometry of Special Relativity

4.1 Space-Time Interval
4.2 Geometry of Motion
4.3 Lorentz Transformations
4.4 Relativistic Effects

5. Lorentz Frame Bundle

5.1 Introductory Remarks
5.2 Bundles and Fibre Bundles
5.3 Frame Bundle over Space-Time

6. The Newtonian Limit

6.1 When the Speed of Light Goes to Infinity
6.2 Galilean Relativity

7. Elements of General Relativity

7.1 From Inertial Frames to Gravity
7.2 The Galilean Principle
7.3 Einstein’s Field Equations
7.4 From General Relativity to Special Relativity

8. Elements of Friedman-Lemaître Cosmology

8.1 The Cosmological Problem
8.2 The Cosmological Principle
8.3 The Robertson-Walker Metric
8.4 The “Matter Content” of the Universe
8.5 Friedman’s Equation and Its Solutions
8.6 Critical Density
8.7 Other Cosmological Models

9. From Aristotle to Einstein

9.1 Dynamics and Geometry
9.2 Aristotelian Space-Time
9.3 Space-Time of Classical Mechanics without Gravity
9.4 Space-Time of Classical Mechanics with Gravity
9.5 Space-Time of Special and General Theories of Relativity
9.6 Comment


Part Two: Mathematics of Quanta

10. Quantum States and Hilbert Spaces

10.1 States of Quantum Systems

10.2 Topological Vector Space
10.3 Banach Space
10.4 Hilbert Space
10.5 Comment
10.6 The State Space of Quantum Mechanics
10.7 Superposition of States

11. Observables and Measurement

11.1 Observables
11.2 Measurement Results
11.3 Reduction of the State Vector
11.4 Penrose’s Comment

12. Quantum Dynamics

12.1 Schrödinger’s Equation
12.2 Heisenberg’s Equation
12.3 Indeterminacy Relations
12.4 Comments

13. Quantum Logic

13.1 The Dual Hilbert Space
13.2 Logical Structure of Quantum Mechanics
13.3 New Axioms for Quantum Mechanics
13.4 A Non-Aristotelian Logic

14. Algebraic Formulation of Quantum Mechanics

14.1 C*-algebras
14.2 New Formalism for Quantum Mechanics
14.3 Algebra of Observables
14.4 Comment

Bibliographical Notes (by the Author) - Lectures

Lecture 4- Geometry of Special Relativity

More advanced, but still accessible, introductions to special relativity can be found in the following books:

1. G.F.R. Ellis and R. Williams, Flat and Curved Space-Times, Clarendon Press, Oxford, 1988, chapters 1-4.

2. B.F. Schuttz, A First Course in General Relativity, Cambridge University Press, Cambridge - London - New York, 1985, chapters 1-4.

3. E.F. Taylor and J.A. Wheeler, Spacetime Physics, Freeman and Co., San Francisco - London, 1966.

Lecture 7 - Elements of General Relativity

The books listed at the end of Lecture 4 contain also chapters devoted to general relativity. As a less “technical” reading I recommend:

• R. Geroch, General Relativity from A to B, The University of Chicago Press, Chicago - London, 1978.

Lecture 8 - Friedman-Lemaître Cosmology

There are many books on cosmology with varying difficulty levels worth reading. A good introduction (with some mathematics) is:

1. A. Liddle, An Introduction to Modern Cosmology, Wiley and Sons, Chichester, 1999.

For reading about cosmology, I recommend:

2. B. Greene, The Elegant Universe, A.W. Norton and Company, 1999 (my favourite!).

Or, from a more observational side:

3. M. Rees, Before the Beginning, Simon and Schuster, London, 1998.

There are also chapters devoted to cosmology in the books listed at the end of Lecture 4.

Lecture 9 - From Aristotle to Einstein

Reconstruction of former dynamical theories in terms of modern geometric structures can be found in the following publications:

1. Ehlers, J., “The Nature and Structure of Space-Time”, in: The Physicist’s Conception of Nature, ed.: J. Mehra, Raidel, 1973, 51-91.

2. Heller, M., Theoretical Foundations of Cosmology, World Scientific, 1992, Appendix, 112-125.

3. Penrose, R., “Structure of Space-Time”, in: Battelle Rencontres, eds.: C.M. De Witt, J.A. Wheeler, Benjamin, 1968, 121-235.

4. Raine, D.J. and Heller, M., The Science of Space-Time, Pachart, 1981.

Lecture 10 – Quantum States and Hilbert Spaces

Usually, books on quantum mechanics are either popular with no mathematics, or highly technical. As a supplementary reading I would recommend:

Elementary introduction:

• J. C. Polkinghorn, The Quantum World, Penguin Books, London, 1990.

Giving a deeper insight:

• R. Penrose, Imperor’s New Mind, Oxford University Press, New York - Oxford, 1989, Chapter 6.

Requiring more advanced mathematical preparation but nicely discussing conceptual and structural aspects:

• C. J. Isham, Lectures on Quantum Theory, Imperial College Press, Singapore - London, 1995.

Bibliographical Notes (by the Author) - Years

• E.F. Taylor and J.A. Wheeler, Spacetime Physics, Freeman and Co., San Francisco - London, 1966.

• Penrose, R., “Structure of Space-Time”, in: Battelle Rencontres, eds.: C.M. De Witt, J.A. Wheeler, Benjamin, 1968, 121-235.

• Ehlers, J., “The Nature and Structure of Space-Time”, in: The Physicist’s Conception of Nature, ed.: J. Mehra, Raidel, 1973, 51-91.

• R. Geroch, General Relativity from A to B, The University of Chicago Press, Chicago - London, 1978.

• Raine, D.J. and Heller, M., The Science of Space-Time, Pachart, 1981.

• B.F. Schuttz, A First Course in General Relativity, Cambridge University Press, Cambridge - London - New York, 1985, chapters 1-4.

• G.F.R. Ellis and R. Williams, Flat and Curved Space-Times, Clarendon Press, Oxford, 1988, chapters 1-4.

• R. Penrose, Imperor’s New Mind, Oxford University Press, New York - Oxford, 1989, Chapter 6.

• J. C. Polkinghorn, The Quantum World, Penguin Books, London, 1990.

• Heller, M., Theoretical Foundations of Cosmology, World Scientific, 1992, Appendix, 112-125.

• C. J. Isham, Lectures on Quantum Theory, Imperial College Press, Singapore - London, 1995.

• M. Rees, Before the Beginning, Simon and Schuster, London, 1998.

• A. Liddle, An Introduction to Modern Cosmology, Wiley and Sons, Chichester, 1999.

• B. Greene, The Elegant Universe, A.W. Norton and Company, 1999.

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8 dic 2005

... España de rodillas, te ofrece el corazón




... España de rodillas, te ofrece el corazón

EN LA SOLEMNIDAD DE LA INMACULADA CONCEPCIÓN DE SANTA MARÍA VIRGEN, Patrona de España y del Arma de Infantería, Servicio de Estado Mayor y de los Cuerpos Jurídico Militar, Eclesiástico, Veterinario, Farmacia, Oficinas Militares y Servicio Geográfico del Ejército.

¡FELIZ PATRONA!

Señora Inmaculada de las gentes de España

De victoria en Lepanto, de dolor en Rocroi,
rezada a flor de espadas desde el mar de Corinto
a la ribera virgen del río Paraná.
¡Señora Inmaculada de los indios ingenuos
y del Hidalgo altivo y de la Inquisición!
Como ayer, como siempre, como cuando hizo falta,
España, de rodillas, te ofrece el corazón.

¡Señora Inmaculada del Pilar Jacobeo!
Consuelo de amarguras en empresas de amar.
El fruto que sembraste para la Fe de Cristo
salido de tus manos, ¿no había de granar?.
¡Señora Inmaculada del Apóstol del Trueno,
de la hazaña difícil y la tribulación!
Viniste a Zaragoza para salvar a España,
y España, desde entonces, parece una oración.

¡Señora Inmaculada de los Picos de Europa!
¡Cuántos te parecían pues cuanta era su Fe!
Y vino de los cielos tu auxilio y la victoria
del Dios de las Batallas, del Santo, de Yahvé.
¡Señora Inmaculada de esperanzas de Patria!
Se eleva una plegaria de Asturias a Aragón.
Sus ecos en las rocas, los bosques y los muertos
hablaron en romance y hablaron en canción.

¡Señora Inmaculada de la Santa María,
de los vientos propicios y de la tempestad!
Temblando amor de Madre llegaste al nuevo mundo
y el indio fue el hermano y Cristo la Verdad.
¡Señora Inmaculada del santo misionero,
de los conquistadores y del Emperador!
Resuena aun el Caribe las voces de Triana
y rezan todavía los indios al Señor.

¡Señora Inmaculada del indio mexicano!
América es España, y España es para ti.
El inca y el azteca cayeron de rodillas
y fue el Ave María caricia en guaraní.
¡Señora Inmaculada de la Rosa de Lima,
de García Moreno, de la persecución!
Son hijos de españoles, amándote nacieron:
no saben de mentira, ni saben de traición.

¡Señora Inmaculada del Valle de los Muertos,
del niño asesinado y el viejo Requeté!
Ganaron la victoria, la sangre y el martirio
de la España de Cristo por la España sin fe.
¡Señora Inmaculada del muerto por la vida!
En tus brazos de madre morir es salvación.
Y la semilla santa rebrota en Patria nueva
con ecos del Prudente y voz de Calderón.

¡Señora Inmaculada de la historia de España!
Tu misma nos la hiciste y huele a santidad.
Derrotas son honores, que las guerras de Cristo,
se ganan en el cielo y allí está la verdad.
¡Señora Inmaculada! Somos aquellos mismos
que siglos defendieron tu pura Concepción.
Como ayer, como siempre, como cuando hizo falta,
¡España de rodillas, te ofrece el corazón!

Francisco José Fernández de la Cigoña

***

[Imagen] Bartolomé Esteban Murillo. 1680 ca. Hermitage Museum, Moscow.

Oración del Infante



Oración del Infante

¡Virgen sagrada María!
¡¡Reina y Señora del Cielo!!
la Española Infantería,
que es de valientes modelo,
tiene siempre, noche y día,
únicamente este anhelo;
ser, como tú, Inmaculada;
ser, de limpísima historia;
y que nunca, ni por nada,
nos recuerde la memoria
acción alguna pasada
que no represente gloria.

Para lograrlo, Señora,
con que sois Patrona nuestra
contamos a toda hora;
pues con la protección vuestra,
el Infante que os adora,
vence siempre en la palestra.

¡Danos Señora tu protección
y triunfará siempre mi Batallón!
¡Danos señora tu valimiento
y triunfará siempre mi Regimiento!

***

1 dic 2005

“¡Llámalo y que se presente!” NªSª de Loreto, Patrona del Ejército del Aire



Imagen policromada de Nuestra Señora de Loreto,
Patrona del Ejército del Aire,
situada en el vestíbulo de acceso al despacho del
Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire

¡Llámalo y que se presente!

Madre nuestra de Loreto
que controlas nuestros vuelos,
que gobiernas nuestras naves
por los venturosos cielos,
que al intrépido sosiegas
y al temeroso das fe,
que al extraviado das rumbo
y al que yerra le corriges,
que al indeciso aconsejas
y al atrevido diriges.
Por el gran amor que emanas
te dirijo esta oración,
fuerte grito que hoy exhala
mi ardoroso corazón.

Por aquellos que se fueron
yo te pido Madre mía,
por todos los que cayeron
sin pensar que era su día,
por aquellos compañeros
que felices y contentos
abandonaron el suelo,
sin tener el pensamiento
de que la negra guadaña
ellos iban a encontrar,
que confiados y alegres
se enfrentaron con empeño,
al siempre arriesgado y bello
combate entre pilotos,
adentrándose en lo ignoto
para jamás regresar.

Por aquellos Camaradas
que en las nubes, siempre grises,
se sintieron muy felices
seguros de su destreza,
y entre el polvo y la maleza
dejaron sus cuerpos sanos,
–en la palanca, la mano–
¡y el alma volando al cielo!
para buscar el consuelo
de Tu sublime belleza.

Porque a todos, desde entonces,
a Tu lado hayas llevado,
y si alguno no ha encontrado
el camino que a Ti lleva,
¡no le abandones Doncella!
¡¡Llámale y que se presente!!
que murió como un valiente,
que buscando va una estrella:
La estrella de Bien y Paz
que hoy España necesita,
la estrella siempre bendita
de una Nación sin maldad,
la estrella que ya jamás
sus ojos verán brillando,
la estrella que va clamando
¡¡Patria, Dios y Libertad!!

Enrique Sacanell Ruiz de Apodaca
Comandante del Arma de Aviación (E.A.)

FUENTE: ‘Revista de Aeronáutica y Astronáutica’, Número 480 (01/12/1980), página [22] 1327

http://www.portalcultura.mde.es/Galerias/revistas/ficheros/RAA_480.pdf

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Carta de la Congregación para el Culto Divino al Camino Neocatecumenal


Reproducimos la Carta que ha dirigido el cardenal Francis Arinze, prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos a los iniciadores y responsables del Camino Neocatecumenal, publicada por ZENIT.org el 1 enero 2006. La carta tiene el tono de un documento normativo, propio de la Congregación.

* * *


Ciudad del Vaticano, 1 de diciembre de 2005

Señor Kiko Argüello,
señora Carmen Hernández
y reverendísimo padre Mario Pezzi:

Como resultado del diálogo llevado a cabo con esta Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos sobre la celebración de la santísima Eucaristía en las comunidades del Camino Neocatecumenal, en línea con las orientaciones que se desprendieron en el pasado encuentro con ustedes el pasado 11 de noviembre, les comunico la decisión del Santo Padre.

En la celebración de la santa misa, el Camino Neocatecumenal aceptará y seguirá los libros litúrgicos aprobados por la Iglesia, sin omitir ni añadir nada. Además, sobre algunos elementos se subrayan las indicaciones y precisiones que siguen a continuación:

1. El domingo es el «Dies Domini», como ha querido ilustrar el siervo de Dios, el Papa Juan Pablo II, en la Carta apostólica sobre el Día del Señor. Por eso el Camino Neocatecumenal debe dialogar con el obispo diocesano para que se refleje también en el contexto de las celebraciones litúrgicas el testimonio de la integración en la parroquia de las comunidades del Camino Neocatecumenal. Al menos un domingo al mes las comunidades del Camino Neocatecumenal deben por tanto participar de la santa misa junto con la comunidad parroquial.

2. Sobre las eventuales moniciones previas a las lecturas deben ser breves. Es además fundamental atenerse a lo dispuesto en la «Institutio Generalis Missalis Romani» (nn. 105 e 128) y en los «Praenotanda» del «Ordo Lectionum Missae» (nn. 15, 19, 38, 42).

3. La homilía, por su importancia y naturaleza, queda reservada al sacerdote o al diácono (Cf. Código de Derecho Canónico, can. 767 § 1). Sobre las intervenciones ocasionales de testimonio por parte de los fieles laicos, sirvan los espacios y modos indicados en la instrucción interdicasterial «Ecclesiae de Mysterio», aprobada de manera específica por el Papa Juan Pablo II y publicada el 15 de agosto de 1997. En tal documento, en el artículo 3, §§ 2 y 3, se lee:

§ 2. «Es lícita la propuesta de una breve monición para favorecer la mayor inteligencia de la liturgia que se celebra y también cualquier eventual testimonio siempre según las normas litúrgicas y en ocasión de las liturgias eucarísticas celebradas en particulares jornadas (jornada del seminario, del enfermo, etc.), si se consideran objetivamente convenientes, como ilustrativas de la homilía regularmente pronunciada por el sacerdote celebrante. Estas explicaciones y testimonios no deben asumir características tales de llegar a confundirse con la homilía».

§ 3. «La posibilidad del ‘diálogo’ en la homilía (cfr. Sagrada Congregación para el Culto Divino, Directorio Pueros Baptizatos para las Misas de los niños [1 noviembre 1973], n. 48), puede ser, alguna vez, prudentemente usada por el ministro celebrante como medio expositivo con el cual no se delega a los otros el deber de la predicación».

Debe tenerse en cuenta además de forma atenta todo lo expuesto en la Instrucción «Redemptionis Sacramentum», n. 74.

4. Sobre el intercambio de la paz, se concede que el Camino Neocatecumenal pueda continuar con la excepción ya concedida, hasta una ulterior disposición.

5. Sobre el modo de recibir la Santa Comunión, se da al Camino Neocatecumenal un tiempo de transición (no más de dos años) para pasar del modo actual de recibir la Santa Comunión en sus comunidades (sentados, alrededor de una mesa preparada en el centro de la Iglesia en lugar del altar dedicado en el presbiterio) al modo normal para toda la Iglesia de recibir la Santa Comunión. Esto significa que el Camino Neocatecumenal debe caminar hacia el modo previsto en los libros litúrgicos para la distribución del Cuerpo y de la Sangre de Cristo.

6. El Camino Neocatecumenal debe utilizar también las otras plegarias eucarísticas contenidas en el Misal, y no únicamente la plegaria eucarística II.

En definitiva, el Camino Neocatecumenal, en la celebración de la santa misa, debe seguir los libros litúrgicos aprobados, teniendo presente todo lo expuesto en los números 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

Agradeciendo al Señor los frutos y bienes otorgados a la Iglesia gracias a las múltiples actividades del Camino Neocatecumenal, aprovecho la ocasión para ofrecer distintos saludos.


+ Francis Card. Arinze Prefecto

Congregatio de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum


[Traducción realizada por Zenit]

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12 nov 2005

Declaraciones sobre la masonería




1. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, La Eucaristía en el ordenamiento jurídico de la Iglesia (12 de noviembre de 2005).

2. L’Osservatore Romano, Imposibilidad de conciliar Fe cristiana y masonería. Reflexiones sobre la Declaración de la Congregación para la Doctrina de la Fe (edición en italiano, 23 de febrero de 1985, p. 1).

3. Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración sobre las asociaciones masónicas (Declaratio de associationibus massonicis), 26 de noviembre de 1983.

***


I. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, La Eucaristía en el ordenamiento jurídico de la Iglesia (12 de noviembre de 2005).

Quisiera [...] recordar un principio teológico que ordinariamente será muy conveniente enseñar a los fieles interesados.

Es cierto que el modo pleno de participar al Sacrificio eucarístico es la recepción de la santa Comunión. Pero no hay que olvidar que la participación en la santa Misa tiene por sí misma un valor salvífico y constituye una perfecta forma de oración, independientemente de que se reciba o no la Comunión. Por eso, también quienes no puedan recibirla tienen, como todos los demás fieles, el derecho a participar en la Celebración eucarística, e incluso la obligación de hacerlo en los días de precepto señalados por la Autoridad eclesiástica.

Otros límites puestos a los fieles

Me referiré brevemente a dos cuestiones bien diversas, esto es: a) al número de veces que se puede recibir la Comunión en el mismo día, y b) a la necesaria alusión a la pertenencia a la Masonería:

a) Ante las dudas surgidas al respecto, la suprema Autoridad ha afirmado la imposibilidad –por respeto y veneración a la Eucaristía cuya recepción no puede banalizarse– de recibir la sagrada Comunión más de dos veces al día. Con una Interpretación auténtica, del 11 de julio de 1984, la competente Comisión Pontificia respondió como sigue a la pregunta: «Si, a tenor del can. 917, el fiel que ya ha recibido la Santísima Eucaristía, puede recibirla en el mismo día solamente otra vez, o siempre que participa en la celebración eucarística». La respuesta fue: «Affirmative ad primum; negative ad secundum».

b) La norma referente a la Masonería es una «Declaración» de la Congregación para la Doctrina de la Fe, de fecha 26 de noviembre de 1983, en la que, después de asegurar que «no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto a las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia» y por eso la afiliación a ellas sigue prohibida, afirma que: «Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la santa comunión».

Como se sabe, la mención expresa de la masonería que se hacía en el can. 2335 del CIC 17: «Los que dan su nombre a la secta masónica o a otras asociaciones del mismo género, que maquinan contra la Iglesia o contra las potestades civiles legítimas, incurren ipso facto en excomunión simplemente reservada a la Sede Apostólica», no se consideró necesaria en el correlativo canon 1374 del CIC 83, que habla genéricamente de inscripción a cualquier asociación «que maquina contra la Iglesia», y establece –siguiendo el criterio de máxima reducción de las penas «latae sententiae», especialmente de la «excomunión»– una pena «ferendae sententiae» indeterminada. La Declaración de la Congregación para la Doctrina de la Fe no hace referencia explícita a este canon, aunque alude genéricamente a las prescripciones canónicas. Se limita a declarar la existencia en el caso de pertenencia a una asociación masónica de un «estado de pecado grave». Y, por consiguiente, la imposibilidad moral por parte del fiel de recibir la Comunión eucarística (cfr. can. 916). Obviamente, en el caso de que el fiel persistiese obstinadamente en situación de «pecado grave» y esa situación fuera además manifiesta, el ministro no puede admitir el fiel a la santa Comunión (cfr. can. 915).

Murcia, 12 novembre 2005

Julián Card. Herranz

II. L’Osservatore Romano, Imposibilidad de conciliar Fe cristiana y masonería. Reflexiones sobre la Declaración de la Congregación para la Doctrina de la Fe (edición en italiano, 23 de febrero de 1985, p. 1).

El 26 de noviembre de 1983 la Congregación para la Doctrina de la Fe publicaba una declaración sobre las asociaciones masónicas. Poco más de un año de su publicación puede ser útil ilustrar brevemente el significado de este documento.

Desde que la Iglesia comenzó a pronunciarse acerca de la Masonería, su juicio negativo sobre ésta ha estado inspirado en múltiples razones, prácticas y doctrinales. La Iglesia no ha juzgado a la Masonería solamente por ser responsable de actividad subversiva en contra suya, sino que desde los primeros documentos pontificios sobre la materia, en particular en la Encíclica Humanum genus de León XIII (20-4-1884), el Magisterio de la Iglesia ha denunciado en la Masonería ideas filosóficas y concepciones morales opuestas a la doctrina católica. Para León XIII se trataba esencialmente de un naturalismo racionalista, inspirador de sus planes y de sus actividades en contra de la Iglesia. En su carta al pueblo italiano Custodi (8-12-1892) escribía: «Recordemos que el cristianismo y la Masonería son esencialmente inconciliables, al punto de que inscribirse en una significa separarse del otro».

No se podía, por tanto, dejar de tomar en consideración las posiciones de la Masonería desde el punto de vista doctrinal, cuando en los años 1970-1980 la S. Congregación mantenía correspondencia con algunas conferencias episcopales particularmente interesadas en este problema, con motivo del diálogo sostenido entre personalidades católicas y representantes de algunas logias que se declaraban no hostiles o incluso favorables a la Iglesia.

Un estudio más a fondo ha llevado a la S. Congregación para la Doctrina de la Fe a reafirmarse en la convicción de la imposibilidad de fondo para conciliar los principios de la Masonería y los de la fe cristiana.

Prescindiendo, por lo tanto, de la consideración del comportamiento práctico de las diversas logias, de la hostilidad al menos en la confrontación con la Iglesia, la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, con su declaración del 26-11-83, ha intentado colocarse en el nivel más profundo y, por otra parte, esencial del problema: esto es, en el plano de la imposibilidad de conciliar los principios, y lo que ello significa en el plano de la fe y de sus exigencias morales.

Partiendo de este punto de vista doctrinal, en continuidad con la posición tradicional de la Iglesia -como lo testimonian los documentos de León XIII arriba citados-, se derivan seguidamente las necesarias consecuencias prácticas, que valen para todos aquellos fieles que eventualmente estuvieren inscritos en la Masonería.

En algunos sectores se ha dado por objetar, respecto de las afirmaciones sobre la imposibilidad de conciliar los principios, que sería esencial a la Masonería precisamente el hecho de no imponer ningún «principio», en el sentido de una posición filosófica o religiosa que sea obligatoria para todos sus miembros, sino por el contrario de acoger a todos, más allá de los límites de las diversas religiones y visiones del mundo, hombres de buena voluntad basados en valores humanos comprensibles y aceptados por todos.

La Masonería constituiría un punto de cohesión para todos aquellos que creen en el Arquitecto del universo y se sienten comprometidos en la lucha por aquellos ordenamientos morales fundamentales que están definidos por ejemplo en el decálogo; la Masonería no alejaría a nadie de su religión, sino por el contrario constituiría un incentivo para un mayor compromiso.

Los múltiples problemas históricos y filosóficos que se esconden en tales afirmaciones no pueden ser discutidos aquí. Después del Concilio Vaticano II ciertamente no es necesario subrayar que la Iglesia Católica alienta una colaboración entre todos los hombres de buena voluntad. Sin embargo, asociarse a la Masonería va evidentemente más allá de esta legítima colaboración y tiene un significado de mucha mayor relevancia y especificidad.

Antes que nada se debe recordar que la comunidad de los «Liberi Muratori» y sus obligaciones morales se presentan como un sistema progresivo de símbolos de carácter extremadamente impositivo. La rígida disciplina del secreto que allí domina refuerza a la postre el peso de la interacción de signos e ideas. Para los inscritos este clima reservado comporta, entre otras cosas, el riesgo de terminar siendo un instrumento de estrategias para ellos desconocidas.

Incluso si se afirma que el relativismo no se asume como un dogma, sin embargo se propone de hecho una concesión simbólica relativista, y por lo tanto el valor relativizante de tal comunidad moral-ritual, lejos de poder ser eliminado, resulta por el contrario determinante.

En tal contexto, las diversas comunidades religiosas a las que pertenecen los miembros de las logias no pueden ser consideradas sino como simples institucionalizaciones de un anillo más amplio e inasible. El valor de esta institucionalización se muestra, por tanto, inevitablemente relativo, respecto a esta verdad más amplia, la cual se manifiesta más fácilmente en la comunidad de la buena voluntad, esto es en la fraternidad masónica.

Aun así, para un cristiano católico no es posible vivir su relación con Dios de una manera doble, es decir, escindiéndola en una forma humanitario-supraconfesional y en una forma interior-cristiana. Éste no puede cultivar relaciones de dos tipos con Dios, ni expresar su relación con el Creador por medio de formas simbólicas de dos especies. Ello sería algo completamente distinto a aquella colaboración, que le es obvia, con todos aquellos que están comprometidos en la realización del bien, aunque partan de principios diversos. Por otro lado, un cristiano católico no puede al mismo tiempo participar de la plena comunión de la fraternidad cristiana y, por otra parte, mirar a su hermano cristiano, desde la perspectiva masónica, como a un «profano».

Incluso si, como ya se ha dicho, no hubiese una obligación explícita de profesar el relativismo como doctrina, aún así la fuerza relativizante de una tal fraternidad, por su misma lógica intrínseca, tiene en sí la capacidad de transformar la estructura del acto de fe de un modo tan radical que no sea aceptable por parte de un cristiano «que ama su fe» (León XIII).

Este trastorno en la estructura fundamental del acto de fe se da, además, usualmente de un modo suave y sin ser advertido: la sólida adhesión a la verdad de Dios, revelada en la Iglesia, se convierte en una simple pertenencia a una institución, considerada como una forma representativa particular junto con otras formas representativas, a su vez más o menos posibles y válidas, de cómo el ser humano se orienta hacia las realidades eternas.

La tentación de ir en esta dirección es hoy tanto más fuerte cuanto que ésta corresponde plenamente a ciertas convicciones predominantes en la mentalidad contemporánea. La opinión de que la verdad no puede ser conocida es característica de su crisis general.

Precisamente considerando todos estos elementos, la declaración de la S. Congregación afirma que la inscripción en la masonería «permanece prohibida por la Iglesia» y los fieles que se inscriben en ella «están en estado de pecado grave y no pueden acceder a la Santa Comunión».

Con esta última expresión, la S. Congregación indica a los fieles que tal inscripción constituye objetivamente un pecado grave y, precisando que los que se adhieren a una asociación Masónica no pueden acceder a la S. Comunión, quiere iluminar la conciencia de los fieles sobre una grave consecuencia a la que deben llegar en caso de adherirse a una logia masónica.

La S. Congregación declara, finalmente, que «no le compete a las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas, con un juicio que implique la derogación de cuanto ha sido arriba establecido». Con este fin el texto hace también referencia a la declaración del 17 de febrero de 1981, que ya reservaba a la Sede Apostólica todo pronunciamiento sobre la naturaleza de estas asociaciones que implicase la derogación de la ley canónica entonces vigente (can. 2335).

Igualmente, el nuevo documento emitido por la S. Congregación para la Doctrina de la Fe en noviembre de 1983 expresa idénticas intenciones de reserva en relación a pronunciamientos que no coincidan con el juicio aquí formulado sobre la imposibilidad de conciliar los principios de la masonería con la fe católica, sobre la gravedad del acto de inscribirse en una logia y sobre la consecuencia que de ello se derive para el acceso a la Santa Comunión. Esta disposición indica que, no obstante la diversidad que pueda subsistir entre las obediencias masónicas, en particular en cuanto a su postura declarada hacia la Iglesia, la Sede Apostólica vuelve a encontrar en ellos principios comunes que piden una misma valoración por parte de todas autoridades eclesiásticas.

Al hacer esta declaración, la S. Congregación para la Doctrina de la Fe no ha pretendido desconocer los esfuerzos realizados por quienes, con la debida autorización de este dicasterio, han buscado establecer un diálogo con representantes de la Masonería. Pero, desde el momento en que existía la posibilidad de que se difundiese entre los fieles la errada opinión de que ahora ya era lícita la adhesión a una logia masónica, ha considerado como su deber hacer de su conocimiento el pensamiento auténtico de la Iglesia sobre este asunto y ponerlos en guardia ante una pertenencia incompatible con la fe católica.

En efecto, sólo Jesucristo es el Maestro de la Verdad y sólo en Él pueden los cristianos encontrar la luz y la fuerza para vivir según el designio de Dios, trabajando por el verdadero bien de sus hermanos.

Publicación de L’Osservatore Romano, edición en italiano, 23 de febrero de 1985.

III. Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración sobre las asociaciones masónicas (Declaratio de associationibus massonicis), 26 de noviembre de 1983.


Se ha presentado la pregunta de si ha cambiado el juicio de la Iglesia respecto de la masonería, ya que en el nuevo Código de Derecho Canónico no está mencionada expresamente como lo estaba en el Código anterior.

Esta Sagrada Congregación puede responder que dicha circunstancia es debida a un criterio de redacción, seguido también en el caso de otras asociaciones que tampoco han sido mencionadas por estar comprendidas en categorías más amplias.

Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto de las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia; en consecuencia, la afiliación a las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la santa comunión.

No entra en la competencia de las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas con un juicio que implique derogación de cuanto se ha establecido más arriba, según el sentido de la Declaración de esta Sagrada Congregación del 17 de febrero de 1981 (cf. AAS 73, 1981, págs. 230-241; L’Osservatore Romano, Edición en Lengua Española, 8 de marzo de 1981, pág. 4).

El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al cardenal Prefecto abajo firmante, ha aprobado esta Declaración, decidida en la reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y ha mandado que se publique.

Roma, en la sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983.

Cardenal Joseph RATZINGER
Prefecto de la Sagrada Congregación de la Fe


+ Fr. Jean Jerôme HAMER, O.P.
Arzobispo titular de Lorium, Secretario.

12 oct 2005

Morenita del Tepeyac


La B.V.M. de Guadalupe

«Por Ella la Santa Cruz es celebrada y adorada en todo el universo...; por Ella toda criatura, aprisionada en los errores de la idolatría, es llevada al conocimiento de la verdad; ... por Ella los Apóstoles predicaron la salvación a las naciones».

S. CYRILLI ALEX., Hom. 4 ex diversis: MIGNE, PG, 77, 991.

«¡Salve, fuente abundantísima de donde manan los arroyos de la divina sabiduría, rechazando con las aguas purísimas y limpidísimas de la ortodoxia las olas encrespadas del error!».

S. GERM. CONST., Serm. 1 in SS Deip. Praesent., n. 14: MIGNE, PG, 48, 305-306.

«Por ella, católicos mexicanos, vuestros hermanos y vuestros padres fueron víctima de la persecución, y para defenderla se encararon sin vacilar hasta con la misma muerte, al doble grito de “¡Viva Cristo Rey!, ¡Viva la Virgen de Guadalupe!”. Hoy, las condiciones de la Iglesia y de la Religión en vuestra Patria han mejorado notablemente, demostrando que no fueron inútiles aquella invocación y aquella firmeza. Pero a vosotros toca, a vosotros y a todos los católicos americanos, seguir firmes en vuestro puesto, conscientes de vuestros derechos, con la frente siempre alta ante los enemigos de hoy y de siempre: los que no quieren a María porque no quieren a Jesús, los que querrían arrinconar o ignorar a Jesús, arrebatando así a María el más preciado de sus títulos. Frente a su rebelión, vuestra fidelidad. Que la morenita del Tepeyac, que la Emperatriz de América y Reina de México no tenga que llorar deserciones. Que, como lo estuvo ayer, pueda estar también mañana orgullosa de sus hijos».

PÍO XII, ‘Radiomensaje a los fieles mexicano con ocasión del 50 aniversario de la coronación canónica de la Virgen de Guadalupe’ (12 de octubre de 1945)

Oración
EN HONOR DE LA B.V.M. DE GUADALUPE

Nuestra Señora de Guadalupe, Rosa mística, intercede por la Iglesia, protege al Soberano Pontífice, ampara a todos los que te invocan en sus necesidades, y pues eres la siempre Virgen María, Madre del verdadero Dios, alcánzanos de tu Hijo santísimo la conservación de la fe, una dulce esperanza en las amarguras de la vida, una caridad ardiente y el don precioso de la perseverancia final. Amén.

Indulgencia de quinientos días. ([San] Pío X, Audiencia, 18 agosto 1908, exhib. 19 agosto 1908, S. Pen. Ap., 29 abr. 1935).

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